Estuvieron suspendidos los últimos 7 años. El operativo se montará en rutas, autopistas y vías de tránsito provinciales. El valor de las multas por exceso de velocidad rondará entre los 100 pesos y los 2.500 pesos.
Después de siete años de suspensión, vuelven las multas y los radares fotográficos para detectar excesos de velocidad en las rutas bonaerenses. El Gobierno difundió ayer un decreto que reglamenta el uso de tecnología para labrar infracciones y autoriza a la Policía y a los municipios a ejercer el control de los límites previstos en el Código de Tránsito. Los radares estarán en rutas, autopistas y vías de tránsito en un plazo no mayor a los 90 días.
Un ejemplo de como no cumple ni quien hace las multas. (Auto Fotomulta sin conductor en espacio de prohibido estacionar)
En marzo de 1998, la Legislatura bonaerense sancionó una ley que prohibía el uso de sistemas de medición de velocidad luego de las quejas de los usuarios que los consideraban «cazabobos» para captar infractores. Denunciaban que los equipos estaban ocultos y que no tenían posibilidades de defensa. Los municipios enviaban las fotos, con la supuesta infracción y la multa: de 100 a 2.500 pesos, como lo contempla el Código de Tránsito.
En poco más de dos años se constataron 200.000 infracciones. La Policía tenía «pistolas» para determinar la velocidad de los vehículos en movimiento y las comunas instalaron sensores para establecer el kilometraje de circulación de los autos.
El decreto que está a la firma del gobernador Felipe Solá fija las condiciones de los futuros mecanismos de control:
Los tramos donde se realicen los controles deberán estar señalizados. Será obligatorio exhibir un cartel: «Fiscalización electrónica de velocidad».
La dirección de Vialidad tendrá un registro de su ubicación.
Los inspectores tendrán que estar identificados y capacitados para operar los equipos.
El artículo 23 del decreto dice que, en las zonas rurales, los sistemas estarán en «tramos rectos y a no menos de 300 metros de curvas, puentes, pasos a nivel, cruces viales y ferroviarios». Si los radares se instalan en zonas urbanas los agentes de control no podrán «perturbar el tránsito y provocar congestionamientos».
Los municipios quedan autorizados para contratar empresas de provisión de los equipos, mantenimiento de los instrumentos y el envío de las cartas con las infracciones. Sin embargo, el artículo 35 especifica que «no podrán privatizarse ni concesionarse los servicios de contralor directo». Esa tarea sólo podrá realizarla el inspector municipal o el policía vial.
Además, la normativa obliga a ubicar â??a 10 kilómetros del puesto de controlâ?? a otro inspector que detendrá e informará al conductor de la infracción. La multa se labrará cuando se constate un exceso mayor al 5% del límite establecido: para los autos 110 km por hora en ruta; 120 en semiautopista y 130 en autopistas.
El Gobierno también anunció la creación de un Registro Accidentológico para concentrar las estadísticas viales. A partir de ahora, las comisarías de la provincia tendrán otro formulario para cargar los accidentes. El sistema incorporará nuevas herramientas para reducir las muertes por accidentes. En Buenos Aires hubo 895 víctimas en 2004 y 350 en lo que va de 2005.